EDUCACIÓN AMBIENTAL INTEGRAL pensar, conocer y cuidar el ambiente desde el Jardín de Infantes
En 2022 se cumplen 50 años de la designación del 5 de junio como Día Mundial del Medio Ambiente en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano en Estocolmo.“Una sola Tierra” fue el lema de aquella conferencia que actualmente se retoma ante la necesidad de impulsar acciones y políticas que garanticen la sostenibilidad de la vida y el buen vivir, elecciones cotidianas que nos guíen hacia acciones más armoniosas con la naturaleza y el Ambiente.
Desde la Subsecretaría de Educación Inicial enfatizamos el abordaje complejo de esta efeméride poniendo en valor la diversidad de culturas y territorios y su relación con el ambiente, para la reflexión y el trabajo en las instituciones de Nivel Inicial. Invitamos a las y los docentes a conmemorar este día poniendo en práctica propuestas de Educación Ambiental integrales y situadas que contribuyan a la formación de una ciudadanía crítica, consciente y responsable del cuidado de nuestra casa común. Las mismas se desarrollarán con proyección al trabajo pedagógico y didáctico sobre la Ley de Educación Ambiental Integral Nº 27621 establecida por calendario escolar 2022 para el nivel inicial provincial.
Conceptos claves y marco legal desde donde sustentar las propuestas
La efeméride se constituye como oportunidad propicia para promover la conciencia y la acción mundial por el Ambiente, eje estructural de la Educación Ambiental Integral (EAI) y poner en conocimiento y acciones los sustentos de la Ley que la enmarca.
La Educación Ambiental Integral se define como un proceso educativo permanente con contenidos que atraviesan varias disciplinas. por ello requiere planificación y abordaje transversal. Su objetivo general es formar conciencia ambiental, aportar a la formación ciudadana y al ejercicio del derecho a un ambiente sano, digno y diverso.
Desde una mirada transdisciplinar y compleja, la EAI se propone: la sustentabilidad como proyecto social, el desarrollo con justicia social, la distribución de la riqueza, preservación de la naturaleza, igualdad de género, protección de la salud, democracia participativa y respeto por la diversidad cultural.
La EAI constituye su campo de saber en torno al Ambiente y sus problemáticas, ejes fundamentales para un adecuado abordaje pedagógico y didáctico.
Ambiente
Utilizamos el término Ambiente como sustitución del binomio Medio Ambiente por considerar que incurre en una redundancia debido a la inexactitud en la traducción del término en inglés “environment”.
El concepto de aquello que entendemos por ambiente fue variando a lo largo del tiempo, desde las concepciones basadas exclusivamente en variables ecológicas, geográficas o habitacionales, hasta alcanzar una concepción que lo define como un entramado complejo que contempla la interacción entre aspectos naturales, sociales, culturales, históricos, económicos, políticos, tecnológicos, éticos y estéticos del mismo.
“El concepto debe abarcar el medio social y cultural y no solo el medio físico,por lo que los análisis que se efectúen deben tomar en consideración las interrelaciones entre el medio natural, sus componentes biológicos y sociales y también los factores culturales” UNESCO (1977)
En el siguiente link pueden acceder a material ampliatorio
Problemas Ambientales
“Un problema ambiental se podría conceptualizar como determinado tipo de relaciones que se dan entre las poblaciones humanas y el subsistema natural que alteran el equilibrio dinámico en un lugar ,ej.: La contaminación del agua provocada por una industria”
(García y Priotto, 2009)
Los conflictos ambientales representan focos de disputa de carácter político, generan tensiones en las formas en que las comunidades se apropian y gestionan los recursos naturales. Visibilizan la inequidad en el acceso para algunos sectores Se trata de situaciones en las que confluyen otras demandas de naturaleza social, económica y cultural. Por lo tanto, para su adecuado abordaje y tratamiento, es necesario incluir el análisis de las múltiples causas, de los diversos actores sociales que participan, las transformaciones producidas a mediano plazo y las conseceuncias finales.
Desde este abordaje integral, resulta necesario contemplar las diferentes escalas que involucran la cuestión ambiental analizada y las interrelaciones interescalares de los procesos. Así, los conflictos ambientales y sus productividades exceden el ámbito donde se producen, desbordando.
Las problemáticas ambientales se nos presentan como escenarios propicios para el abordaje de la EAI en la escuela, en este sentido, y atendiendo a los marcos normativos vigentes, se vuelve necesario e imperativo potenciar las prácticas de enseñanza de las problemáticas ambientales en la escuela desde un enfoque de derechos, sólidos desde lo conceptual, desafiantes desde lo pedagógico y motivadores desde la práctica ciudadana. Para ello, resulta necesario propiciar la generación de interrogantes tanto acerca de la definición misma de los problemas ambientales, como sobre el modo en que se manifiestan y recortan, quiénes los protagonizan y dónde se producen, si están vinculados con otros problemas o diferentes lugares, si son nuevos o reflejan problemáticas históricas.
Según el Manifiesto por la Vida* (2002) “La crisis ambiental es una crisis de civilización. Es la crisis de un modelo económico, tecnológico y cultural que ha depredado a la naturaleza y negado a las culturas alternas, es la crisis de nuestro tiempo. No es una crisis ecológica, sino social. La crisis ambiental es una crisis moral de instituciones políticas, de aparatos jurídicos de dominación, de relaciones sociales injustas y de una racionalidad instrumental en conflicto con la trama de la vida”
Es por esta razón que se vuelve urgente una educación ambiental que se centre en la vida, en los Derechos Humanos, profundice en discursos y modelos alternativos, busque otros paradigmas sobre los que reflexionar en torno a la relación sociedad-naturaleza y a la organización social, y posea una perspectiva de incidencia en el presente y en el futuro. Desde este enfoque se concibe a la naturaleza no como objeto sino como sujeto de derecho y a los seres humanos como parte de la trama de la vida, en estrecha interrelación con la enorme biodiversidad que habita los territorios.
Marco Normativo
Aprobada en mayo de 2021 y publicada en el Boletín Oficial el 3 de junio de ese año, la Ley N.° 27621 para la Implementación de la Educación Ambiental Integral en la República Argentina tiene como objetivo establecer el derecho a la educación ambiental integral como una política pública nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley General del Ambiente N.° 25675 y el artículo 89 de la Ley de Educación Nacional N.° 26206; y otras leyes, tratados y acuerdos internacionales en la materia.
Otros antecedentes normativos de relevancia en nuestro país son la: Ley 25.688 Régimen de Gestión Ambiental del Agua; Ley 25.916 de Gestión de Residuos Domiciliarios; Ley de Bosques Nativos, 26.331; Ley de Glaciares, 26.639; Ley del Manejo del Fuego, 26.815; Ley N° 27.520.
Foto de placa: Sitio Ramsar Jaaukanigás, cercano a la localidad de Reconquista, pcia. de Santa Fe. (1)
Este sitio es uno de los más importantes de la Argentina desde el punto de vista de su biodiversidad y por el sistema hidrológico que representa.
Jaaukanigás significa gente del agua, era el nombre de uno de los tres grupos que componían la nación de los Abipones, indígenas que poblaron la región desde hace unos 6000 años. Es el primer Sitio Ramsar de la provincia de Santa Fe y el noveno en Argentina.
Es un humedal ubicado en el río Paraná medio, al noreste de la provincia de Santa Fe, Argentina en el Departamento General Obligado. Es un complejo de cursos de agua, lagunas, estanques, pantanos de agua dulce permanentes y pastizales inundados estacionalmente, con una importante biodiversidad. Fue declarado el 10 de octubre de 2001 sitio Ramsar n.º 1112, el noveno en la Argentina, con la categoría de humedal de importancia internacional. El sitio proporciona un hábitat ideal para un gran número de especies, algunas vulnerables o en peligro de extinción, como la Lontra longicaudis, Tamandua tetradactyla, Chrysocyon brachyurus, Caiman yacaré, C. latirostris, Eunectes notaeus, Tupinambis merianae, Boiruna maculata, y la Hydrops triangularis.
Hay una importante población de patos, incluyendo Netta peposaca, Dendrocygna bicolor y la D. viduata; aves migratorias como la Calidris melanotos, C. fuscicollis, C. bairdii, Tringa melanoleuca, T. flavipes, T. solitaria y la Limosa haemastica se encuentran en la zona.
Existe una rica vida acuática con alrededor de 300 especies ictícolas que son la clave de la economía regional dado que el 50% de la población del área vive de la pesquería.
Relevamiento territorial en Jauukanigás. Ministerio de ambiente. Santa Fe
Con el objetivo de obtener un estado de situación preciso para el desarrollo de un área Integral de Manejo en Jauukanigás se lleva adelante un relevamiento territorial junto a Parques Nacionales, Aves Argentinas e integrantes del Comité intersectorial del Manejo del Sitio Ramsar (CIM). A continuación socializamos el recorrido en zona de islas a través de medios acuático y terrestres, desde la localidad de Florencia hasta Reconquista.
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Equipo pedagógico de la Subsecretaría de Educación Inicial
Ministerio de Educación de Santa Fe
2022
Enlaces
Manifiesto por la vida:
https://drive.google.com/file/d/1JwVyUNPbDFkmLHWP24RKN84PnCeYLECJ/view?usp=sharing
https://www.argentina.gob.ar/ambiente/accion/ley/de/educacion/ambiental
https://www.educ.ar/recursos/150016/educacion-ambiental-integral
https://campuseducativo.santafe.edu.ar/5-de-junio-dia-mundial-del-ambiente/
https://campuseducativo.santafe.edu.ar/la-educacion-ambiental-en-el-nivel-inicial/
– Ministerio de Ambiente y Cambio Climático – Santa Fe
https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/102676
– Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
https://www.argentina.gob.ar/ambiente
Referencias:
- Ramsar: Es un tratado internacional aprobado el 2 de febrero de 1971 en la ciudad iraní de Ramsar (de ahí su nombre), relativo a la conservación y uso racional de los humedales. Su sede administrativa se encuentra en Gland, Suiza. La Convención está integrada por 119 países, entre ellos Argentina. La Convención Ramsar elabora la Lista de Humedales de Importancia Internacional que incluye sitios cuya relevancia hace que sean considerados por la comunidad internacional como dignos de ser preservados, mediante un uso sustentable que no modifique sus características hidrológicas, biológicas y ecológicas.
Autor/es: | CANDIDO, MARIA CLAUDIA |