Impuesto a las Ganancias
IMPUESTO A LAS GANANCIAS INFORMACIÓN IMPORTANTE EMPLEADOS MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Actualización
En virtud de la proximidad de un nuevo período fiscal, les recordamos que de acuerdo a la normativa vigente, todos los agentes se encuentran obligados a presentar al menos una vez al año el Formulario F.572 web, tengan o no deducciones para declarar. El mismo se confecciona desde la página web de AFIP, ingresando con CUIT y Clave fiscal a través del servicio SIRADIG-Trabajador. Resulta de vital importancia la presentación del mencionado formulario a principio de año, informando fundamentalmente lo relativo a cargas de familia.
Es importante destacar que al momento de efectuar la declaración de las cargas de familia que resultan deducibles en el impuesto, se deberá indicar –cuando corresponda- que por las mismas no se perciben asignaciones familiares ya que la limitación establecida en el artículo 6° de la Ley Nacional N° 2716 de Asignaciones Familiares, resulta aplicable exclusivamente respecto de las comprendidas en el Régimen Nacional y por ende no alcanza a quienes las perciben por un Régimen Provincial sujeto a sus propias normas locales.
Deducciones
Dado el contexto actual vinculado a la pandemia que provocó un cambio en la modalidad de trabajo, se informa que es posible incluir dentro del rubro Gastos de Indumentaria y Equipamiento de uso exclusivo en el lugar de trabajo, los gastos relacionados con el teletrabajo.
Por otro lado se destaca que no son deducciones admitidas para los empleados en relación de dependencia y por lo tanto NO deben declararse en dicho formulario las siguientes deducciones:
* Vehículos de corredores y viajantes de comercio,
* Intereses de corredores y viajantes de comercio,
* Gastos de movilidad, etc,
También vale mencionar que los conceptos que son descontados en el recibo de sueldo, como ser Aporte jubilatorio, Aporte obra social, Caja de previsión social de los agentes civiles del estado, Cuota Sindical, IAPOS Servicio Complementario, Caja complementaria y Caja Nacional de Ahorro y Seguro son tomados automáticamente por el sistema de retenciones, por lo que no deben ser incluidos en el formulario que se presente.
Por último, recordamos que los agentes jubilados deben presentar el formulario F572 Web declarando a la Caja de Jubilaciones de la Provincia como su agente de retención.
Autor/es: | D.G.P.G. y A.S.E. |