LAS TAREAS DOMÉSTICAS Y DE CUIDADO SON TRABAJOS
“(…) tus manos serán las alas/ las plumas tu piel/ y tu vuelo una farsa./ Pero recuerda paloma,/ tal vez mañana/ al despertar/ dejes de volar/ y comiences a hablar.” Alejandro Almeida
Introducción
La lucha por la visibilización y la garantía de derechos vinculadas al trabajo doméstico y las tareas de cuidado, obtiene un primer logro: la declaración internacional del 22 de julio como día específico para el mismo.
Una mirada desde la ESI en las instituciones educativas, haciendo foco en género, derechos e interseccionalidad, permite comprender las dimensiones sociales, políticas, económicas que estructuran aún desigualdades y transitar caminos para transformarlas.
Espacio doméstico y cuidado
El discurso social marca, a lo largo de la historia y de acuerdo al género de las personas, los distintos usos de los espacios, distribuye lugares y asigna protagonismos. En este sentido, considerando que para las mujeres se habla de privacidad en términos domésticos, el mercado de trabajo establece una distinción unívoca entre lo privado y lo doméstico. En otras palabras, sabe quién dispone de un tiempo para sí y quien tiene hipotecado el propio.
Sí lo privado tiene como par lo público, es tiempo de pensar en introducir un tercer elemento en ese vínculo: el espacio doméstico. Privado no equivale a lo doméstico, ya que la organización de este último puede estar resuelta por delegación y permitir el uso del tiempo privado; en caso contrario ese tiempo tendrá restricciones.
La noción de domesticidad trasciende la idea de hogar o de responsabilidades familiares; se encuentra asociada a la atención y respuesta a las necesidades del otro/a. La domesticidad históricamente y culturalmente sigue teniendo una responsable femenina. No importa el nivel de cualificación o los grados de delegación en los trabajos domésticos; las mujeres de manera natural o con sobresaltos, suelen y deben pactar su ausencia del espacio doméstico o negociar su duración, sino todo parece desbaratarse. (Murillo, 1996)
En nuestras sociedades, también las tareas de cuidado suelen ser llevadas a cabo por las mujeres, producto de determinados patrones culturales y de la división sexual del trabajo.
El cuidado es ante todo un trabajo, no es simplemente una disposición o una ética. Dar cuenta de eso y de su repartición desigual constituye un avance considerable, allí donde concepciones tradicionales plantean solo amor, altruismo y sentimiento maternal. En este sentido, la perspectiva de cuidado también requiere revisar sus categorías. Aun cuando la afectividad juega un papel central, cuidar a otro/a no es pensar en el otro/a o preocuparse de manera intelectual o afectiva; tampoco necesariamente es quererlo/a. Es hacer algo, producir un determinado trabajo que participe en el mantenimiento o en la preservación de la vida del otro/a.
Eso que llaman amor… es trabajo y debe ser remunerado, registrado y regulado.
La desnaturalización del cuidado y lo doméstico naturalizados en una feminidad socialmente construida, muestra que estos trabajos no se sostienen sobre la buena voluntad o las cualidades de las personas sino que implican y requieren condiciones organizacionales concretas vinculadas a la garantía de derechos específicos.
Las políticas públicas tendientes a la armonización del trabajo con tareas y espacios históricamente considerados privados, como lo doméstico y el cuidado necesitan, junto con los derechos vinculados al registro de los/as trabajadoras/es, la intervención en otras variables: la regulación del tiempo para cuidar, el dinero para cuidar y los servicios asociados a ello. Esto implica reconocer que las legislaciones laborales son reflejo de las relaciones sociales que imperan, y también formas de reproducir patrones culturales de distribución de recursos y responsabilidades entre hombres y mujeres. (Faur, 2006)
¿Cuántas personas se dedican a trabajos asociados a servicios domésticos?, ¿sus derechos se respetan?, ¿junto a estos trabajos, realizan tareas domésticas o de cuidado en su hogar?, ¿son el sostén económico de esos hogares?
La legislación en nuestro país sobre el empleo doméstico posee avances significativos a partir de la sanción de la Ley 26.844 y la creación del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, considerando la ampliación de derechos (licencias, obligatoriedad de la cobertura por riesgos de trabajo, asignaciones familiares del sistema no contributivo, entre otros) que se regulan para un grupo de trabajadoras históricamente discriminado y para una rama de actividad con mayor nivel de informalidad.
A partir de ese marco normativo, se considera que el trabajo en casas particulares es “toda prestación de servicios de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, asistencia personal y acompañamiento a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, y el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.”(Ley 26.844, 2013)
El Estado mediante el desarrollo de políticas públicas asume el rol esencial que las trabajadoras domésticas remuneradas cumplen en la organización social del cuidado y en el funcionamiento de la economía. Su contratación permite que las mujeres de mayores ingresos tengan más tiempo disponible para dedicar al mercado de trabajo, la educación u otras actividades. Esto quiere decir que las trabajadoras domésticas no solo participan ellas mismas del mercado de trabajo, sino que habilitan la inserción laboral de otras mujeres. (CIPPEC, 2022)
Un sistema integral y federal de cuidados puede reconocer, reducir y redistribuir el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado, y a la vez puede promover la representación y recompensa de manera adecuada a las trabajadoras domésticas asalariadas.
Mientras tanto, en las escuelas, sigamos visibilizando que eso que llaman amor, es trabajo.
RECURSOS
“Educación Sexual Integral en el contexto de la pandemia. Hacia una pedagogía del cuidado colectivo” Eleonor Faur
https://www.youtube.com/watch?v=-p2drs8z-wc
Eso que llaman amor es trabajo no pago
https://www.youtube.com/watch?v=vXWtw-FRAOk&t=32s
¿Qué es el trabajo doméstico no remunerado?
https://www.youtube.com/watch?v=lUPTg9VhsVU
¿De qué trabajo cuando no trabajo? | Verónica Garea | TEDxBariloche
https://www.youtube.com/watch?v=MIBIgbFeyak
Un aplauso para el asador – Escrito y dirigido por María Gabriela Vallecillo / Marcela Palacio
https://www.youtube.com/watch?v=jHCeGukRK_Y&t=18s
Las tareas domésticas y de cuidados no remunerados representan un 16% del PIB
https://www.eldestapeweb.com/economia/8m/las-tareas-domesticas-y-de-cuidados-no-remunerados-representan-un-16-del-pib-20223511120?gclid=Cj0KCQjwxIOXBhCrARIsAL1QFCaBYYNgb_VN-XxnGA-kzdQUq4upbH5ZYaLcX_qqTqzyXdkcLPr2ThMaAmHSEALw_wcB
Esenciales, pero no reconocidas: las trabajadoras domésticas remuneradas y el impacto de la pandemia
https://www.cippec.org/textual/las-trabajadoras-domesticas-remuneradas-y-el-impacto-de-la-pandemia/
BIBLIOGRAFÍA
Arango y Molinier. (2011) El trabajo y la ética del cuidado. Medellín. La carrera editores
Faur, L. (2006) Genero, masculinidades y políticas de conciliación familia-trabajo. Nómadas. pág. 130-141. Universidad Central. Colombia
Murillo, S. (1996) El mito de la vida privada. De la entrega al tiempo propio (pp. 15 – 30). Madrid: Siglo XXI.
Sachetti y Camisassa. (2022) Esenciales, pero no reconocidas: las trabajadoras domésticas remuneradas y el impacto de la pandemia. CIPPEC.
Imagen1:https://mujeranalitica.com/noticias/gente/mi-esposa–hace-nada-solo-esta-en-casa/
Autor/es: | CEKADA, ELIZABET ALEJANDRA |